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La Asamblea aprueba prorrogar hasta 2048 las exoneraciones fiscales de Ciudad del Saber

La iniciativa fue enviada al Órgano Ejecutivo el 27 de octubre de 2026; todavía requiere sanción y promulgación, y la adenda necesita el refrendo de la Contraloría General de la República.

Una persona con camiseta negra de Legislat camina con una carpeta por la plaza hacia la sede de la Asamblea Nacional.
Imagen ilustrativa generada con IA.
Por Redacción Nexo Capital · Mesa Editorial · 29 de octubre de 2026, 15:14

El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el Proyecto de Ley 724 el 26 de octubre de 2026, y la iniciativa fue enviada al Órgano Ejecutivo el 27 de octubre, según el registro oficial de su trámite. El proyecto, presentado el 21 de septiembre de 2026 por el Ministerio de la Presidencia, había superado el primer debate el 30 de septiembre en la Comisión de Economía y Finanzas, que preside el diputado Víctor Castillo, y el segundo debate el 21 de octubre.

Su artículo 1 aprueba la Adenda No. 1 al contrato entre el Estado y la Fundación Ciudad del Saber, autorizado por el Decreto Ley 6 de 10 de febrero de 1998. La cláusula segunda de la adenda reescribe la cláusula quinta del contrato y otorga los beneficios fiscales por un término adicional, del 13 de febrero de 2023 al 12 de febrero de 2048, prorrogable por periodos de igual duración, a condición de que la Fundación cumpla sus obligaciones contractuales.

Esos beneficios incluyen la exoneración de impuestos de importación sobre maquinaria, equipos y vehículos; del Impuesto de Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios (ITBMS) sobre bienes y servicios necesarios para el proyecto; del Impuesto de Inmuebles sobre los bienes de la Fundación; y de los gravámenes sobre el envío de fondos al exterior vinculados al proyecto.

Para organismos, empresas y centros de investigación instalados en Clayton, el texto aprobado busca cerrar la incertidumbre abierta desde que el plazo original de veinticinco (25) años venció el 12 de febrero de 2023. El artículo 2 declara la ley de interés social y le da efecto retroactivo a esa fecha, lo que podría dar cobertura a los beneficios aplicados desde entonces. Como condición para conservarlos, la Fundación deberá remitir cada año a la Dirección General de Ingresos un listado de las empresas afiliadas con su Registro Único de Contribuyentes (RUC) y documentar sus actividades económicas.

El efecto no es inmediato. El proyecto requiere la sanción del Órgano Ejecutivo y su promulgación, y la cláusula quinta de la adenda condiciona la validez de la propia adenda al refrendo de la Contraloría General de la República. La cláusula tercera crea además una comisión interinstitucional, presidida por el Ministerio de la Presidencia, que tendrá nueve (9) meses desde el perfeccionamiento de la adenda para proponer, si lo estima necesario, una ley que reglamente el régimen especial. Nexo Capital dará seguimiento a la sanción, al refrendo y al trabajo de esa comisión.

Investigación asistida por Sentinel, con verificación editorial de fuentes oficiales. Conoce Legislat.ai

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