El Gabinete incluye el aporte de seguridad ocupacional en las exoneraciones por el sismo
La Resolución de Gabinete N° 126 suma al Ministerio de Trabajo a las entidades que deben tramitar exoneraciones para las obras de reparación tras el terremoto del 9 de octubre.

El Consejo de Gabinete aprobó el 20 de octubre de 2026 la Resolución de Gabinete N° 126, publicada en la Gaceta Oficial N° 30646 del 30 de octubre de 2026. La medida modifica el artículo 1 de la Resolución de Gabinete N° 109 de 13 de octubre de 2026, que instruyó a varias entidades a tramitar la exoneración de tasas para las obras de reparación y reconstrucción afectadas por el sismo del 9 de octubre, como complemento del estado de emergencia declarado mediante la Resolución de Gabinete N° 108.
Su artículo 1 agrega al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) a la lista de instituciones instruidas, junto al Benemérito Cuerpo de Bomberos, el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (IDAAN), el Ministerio de Ambiente y el Ministerio de Salud, y amplía el objeto de la exoneración a «tasas, aportes o cualquier otra contribución». Los considerandos explican el motivo: el artículo 11 de la Ley 67 de 2015 crea el Fondo de Seguridad Ocupacional, Salud e Higiene en el Trabajo en la industria de la construcción, que se nutre de un aporte del promotor o del contratista principal, calculado sobre el valor de la obra y pagado antes de su inicio.
El artículo 2 ordena al MITRADEL asignar los oficiales de seguridad ocupacional que requieran esas obras, con la finalidad de prevenir accidentes de trabajo. La exoneración del aporte no elimina, por tanto, la supervisión de seguridad: el Estado asume la designación de esos oficiales, que el artículo 10 de la Ley 67 exige en obras cuya inversión supere un millón de balboas.
Para promotores, contratistas y propietarios que reparan viviendas, edificios, infraestructura o vías dañadas por el terremoto, la medida podría reducir el costo de arranque de las obras, porque el aporte al fondo se paga antes de iniciarlas. El beneficio alcanza solo a las obras afectadas directamente por el evento sísmico, y la resolución no fija el procedimiento ni los documentos con los que se acreditará esa condición.
La aplicación depende de que el MITRADEL, dentro de sus competencias, realice los trámites correspondientes y defina cómo se solicitará la exoneración. La resolución rige desde su promulgación, según su artículo 4. Nexo Capital dará seguimiento a los procedimientos que adopte el Ministerio de Trabajo para hacer efectiva la medida.
Investigación asistida por Sentinel, con verificación editorial de fuentes oficiales. Conoce Legislat.ai