El Ministerio de Salud exige nuevas advertencias para el suero Lactato de Ringer
La Resolución N° 113 da ocho meses a fabricantes y titulares de registro sanitario para actualizar monografías y etiquetas con nuevas contraindicaciones, entre ellas la combinación con ceftriaxona en recién nacidos.

La Dirección Nacional de Farmacia y Drogas del Ministerio de Salud (MINSA) publicó en la Gaceta Oficial N° 30643 del 27 de octubre de 2026 la Resolución N° 113, de 5 de octubre, sobre la Solución de Lactato de Ringer, también llamada Solución de Hartmann, uno de los sueros intravenosos de uso más extendido en hospitales y clínicas.
Los considerandos explican el motivo: desde marzo de 2002, el Centro Nacional de Farmacovigilancia ha recibido 49 reportes de sospechas de reacciones adversas asociadas a esta solución, el 48.98 % de ellos en pacientes de 2 a 12 años. La mayoría correspondió a trastornos de la piel, como urticaria y prurito, y en el 89.80 % de los casos fue necesario suspender la infusión.
El artículo primero ordena a los titulares de registro sanitario y a los fabricantes incluir en la monografía una lista ampliada de contraindicaciones, entre ellas la hiperpotasemia, la insuficiencia renal grave y el fallo cardíaco no compensado. Agrega la prohibición de administrar ceftriaxona junto con el suero a recién nacidos de hasta 28 días, aun por vías separadas, por el riesgo de precipitados mortales. También incorpora advertencias sobre embolia gaseosa en infusiones presurizadas y sobre interacciones con diuréticos, litio y digoxina. El artículo segundo añade requisitos para las variantes con magnesio, y el artículo tercero exige incluir en la etiqueta una advertencia sobre reacciones de hipersensibilidad graves.
Para laboratorios y distribuidoras, la medida supone revisar insertos, monografías y etiquetado de todos los lotes destinados al mercado panameño. El artículo cuarto la extiende a los productos ya registrados, a los que están en trámite o renovación y a toda nueva solicitud, por lo que podría afectar los expedientes en curso. Para hospitales y compradores públicos, las nuevas advertencias podrían reflejarse en los protocolos de administración y en las especificaciones de futuras compras.
El cambio no es inmediato en el mercado. Aunque la resolución rige desde su publicación según su artículo sexto, el artículo quinto concede ocho (8) meses, contados desde la publicación en la Gaceta Oficial, para cumplir con las medidas, lo que lleva el plazo hasta finales de junio de 2027. Nexo Capital dará seguimiento a la aplicación de estas disposiciones en los registros sanitarios.
Investigación asistida por Sentinel, con verificación editorial de fuentes oficiales. Conoce Legislat.ai