Panamá crea la Ruta del Trapiche con incentivos fiscales para los productores de panela
La Ley 555, publicada en la Gaceta Oficial N° 30624 del 1 de octubre de 2026, reconoce un circuito turístico y cultural en las zonas paneleras; entrará en vigor seis meses después de su promulgación.

La Ley 555, publicada en la Gaceta Oficial N° 30624 del 1 de octubre de 2026, crea la Ruta del Trapiche. El Proyecto de Ley 287 de 2025 —impulsado por los diputados Medin Jiménez Pitti, Julio de la Guardia Arrocha y Yesica Romero García— fue aprobado en tercer debate el 19 de agosto de 2026 y sancionado por el presidente José Raúl Mulino Quintero.
Su artículo 1 crea la ruta como un circuito turístico, cultural y gastronómico por las zonas productoras de panela (raspadura) y sus derivados, en reconocimiento a los hombres y mujeres del campo. El artículo 4 encarga su implementación a la Autoridad de Turismo de Panamá, en coordinación con el Ministerio de Cultura y el Ministerio de Desarrollo Agropecuario; el artículo 5 define sus componentes: centros de producción con demostraciones artesanales, museos y espacios de interpretación, ferias y festivales gastronómicos, puntos de venta directa y talleres de capacitación. El artículo 8 crea una Comisión Nacional Consultiva presidida por el Ministerio de Desarrollo Agropecuario.
El artículo 3 identifica como beneficiarios a los productores de panela y derivados, las comunidades de la ruta, los operadores turísticos locales y los visitantes. Para esos productores, el artículo 6 concentra el componente económico: capacitación y asistencia técnica del Ministerio de Salud y el Ministerio de Desarrollo Agropecuario; acceso a financiamiento y subsidios a través del Banco Nacional, la Caja de Ahorros, el Banco de Desarrollo Agropecuario, la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME) y el Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI); exoneraciones fiscales parciales para modernizar la producción y la comercialización; y mayor flexibilidad en los registros sanitarios para que los pequeños productores vendan dentro y fuera del país. Alrededor de un circuito de este tipo suele abrirse además actividad para hospedaje, transporte y servicios turísticos locales, aunque la ley no los regula ni los menciona: esa expansión dependería de la demanda y de la reglamentación.
El efecto no es inmediato. El artículo 11 ordena al Órgano Ejecutivo reglamentar la ley en un plazo máximo de seis meses, y el artículo 12 difiere su entrada en vigor a esos mismos seis meses desde la promulgación; el uso del nombre «Ruta del Trapiche» quedará además sujeto a autorización de la Autoridad de Turismo, el Ministerio de Desarrollo Agropecuario y el Ministerio de Comercio e Industrias (artículo 7). Hasta que exista reglamento, los incentivos del artículo 6 no son operativos.
Nexo Capital dará seguimiento a la reglamentación y a la entrada en vigor de la Ley 555.
Fuentes
- Gaceta Oficial N° 30624 (01/10/2026) — Ley 555, que crea la Ruta del Trapiche
- Proyecto de Ley 287 de 2025 — Asamblea Nacional (proponentes: H.D. Medin Jiménez Pitti, Julio de la Guardia Arrocha, Yesica Romero García)