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El Ejecutivo veta la ley de turismo deportivo y devuelve el PL 331 a la Asamblea

El presidente Mulino objetó parcialmente el proyecto por inconveniencia e inexequibilidad el 17 de abril de 2026; la Asamblea necesitará 47 votos para promulgarlo sin sanción.

Turismo deportivo en las costas de Panamá (imagen ilustrativa, generada por IA).
Por Mesa de Análisis Económico · Análisis · 28 de abril de 2026

El presidente José Raúl Mulino devolvió el 17 de abril de 2026 el Proyecto de Ley 331 a la Asamblea Nacional sin haberlo sancionado, mediante la Nota No. 210-2026-AL dirigida al presidente del Legislativo, Jorge Luis Herrera. La iniciativa, presentada el 31 de julio de 2025 por el diputado Lenín Alberto Ulate Rodríguez junto a otros nueve coproponentes, había recorrido los tres debates en la comisión de Educación, Cultura y Deportes: primer debate aprobado el 27 de octubre de 2025, segundo debate el 4 de marzo de 2026 y tercer debate el 5 de marzo de 2026.

Las objeciones del Ejecutivo son parciales y cubren seis disposiciones. Por inconveniencia, el presidente objetó el numeral 3 del artículo 4 —sobre educación ambiental, ya regulada por la Ley 38 de 2014—; el artículo 5, que asignaba la rectoría del turismo deportivo a la ATP en aparente conflicto con las atribuciones de PANDEPORTE consagradas en el Texto Único de la Ley 16 de 1995; el numeral 8 del artículo 12, que creaba programas de formación sin respaldo presupuestario; y artículos de certificación sanitaria que omitían la autorización previa del Ministerio de Salud.

La objeción por inexequibilidad —es decir, por inconstitucionalidad— recayó sobre el artículo 8, que condicionaba a los municipios a criterios fijados por entes externos, vulnerando los artículos 232 y 233 de la Constitución sobre autonomía municipal. También fue vetado el artículo 19, que creaba el Fondo Nacional de Turismo Deportivo sin establecer fuentes de financiamiento, contraviniendo el artículo 276 de la Carta Magna que prohíbe derogar rentas sin crear sustitutivas.

La Comisión de Educación, Cultura y Deportes rindió su informe el 27 de abril de 2026. Acogió parte de las objeciones —propuso eliminar el numeral 3 del artículo 4, el numeral 8 del artículo 12 y modificar los artículos 5, 8 y 27— pero rechazó las dirigidas a los artículos 16, 31, 33 y 34 por no guardar relación con los fundamentos del Ejecutivo. El informe recomienda que el pleno someta el texto corregido a un segundo debate.

La aritmética legislativa define la ruta del proyecto. Si la Asamblea acepta las modificaciones del Ejecutivo, bastará una mayoría ordinaria de 36 votos. Si decide promulgarlo por la vía de la reconsideración sin aceptar las objeciones, necesitará la mayoría calificada de 47 de los 71 diputados que exige el artículo 169 de la Constitución. El proyecto busca regular eventos como el Gran Fondo Océano a Océano, el Ironman 70.3 y la Regata Ocean 2 Ocean, y establece circuitos turísticos deportivos con certificación quinquenal a cargo de la ATP.

Fuentes
  • Proyecto de Ley 331 — Turismo Deportivo (con Nota de objeción ejecutiva 210-2026-AL)

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