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Una propuesta ciudadana busca que los jubilados que siguen cotizando aumenten su pensión

La iniciativa, presentada como propuesta ciudadana ante la Asamblea Nacional y pendiente de prohijamiento en la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social, adicionaría la Ley 462 de 2025 orgánica de la Caja de Seguro Social para que las cuotas del jubilado que sigue trabajando incrementen su pensión, con carácter retroactivo.

Escena ilustrativa generada con IA sobre el trabajo y la seguridad social en Panamá, con un integrante del equipo de Legislat.
Por Redacción Nexo Capital · Mesa Editorial · 6 de octubre de 2026

El Anteproyecto de Ley 197 ingresó a la Asamblea Nacional a inicios de octubre de 2026 por la vía de participación ciudadana y figura remitido a la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social. Se encuentra en etapa preliminar, pendiente de prohijamiento, el paso con el que una comisión adopta el texto para abrir el primer debate. No lo impulsa un diputado: es una propuesta ciudadana presentada ante la Dirección Nacional para la Promoción de la Participación Ciudadana.

Su artículo 1 reconoce que el jubilado que siga aportando cuotas a la Caja de Seguro Social después de reconocida su jubilación tiene derecho a que esos aportes incrementen el monto de su pensión, y dispone que ese reconocimiento se haga efectivo con carácter retroactivo e incluyendo los intereses correspondientes. El artículo 2 precisa que la ley adicionaría un artículo a la Ley 462 de 2025, orgánica de la Caja de Seguro Social. El artículo 3 establece que la norma regiría el día siguiente al de su promulgación.

La medida apunta a los pensionados que permanecen activos en el mercado laboral y siguen cotizando sobre su salario. De aprobarse, esas nuevas cuotas dejarían de integrarse al fondo común sin retorno individual y pasarían a recalcular la pensión del aportante. El alcance del gasto para la Caja de Seguro Social dependería de cuántos jubilados sigan trabajando y del peso de la retroactividad y los intereses, que el texto reconoce como derecho pero no cuantifica ni acompaña de un estudio actuarial en esta etapa.

El efecto no es inmediato. La propuesta debe ser prohijada por la comisión y aprobada en tres debates antes de convertirse en ley, y su artículo 1 remite el cálculo del incremento a la aplicación de la norma sin fijar una fórmula ni un tope. Nexo Capital dará seguimiento al prohijamiento del Anteproyecto 197 y al debate sobre su costo para la Caja de Seguro Social.

Fuentes
  • Anteproyecto de Ley 197 — Asamblea Nacional, Secretaría General (etapa preliminar, pendiente de prohijamiento; Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social)

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