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Panamá amplía los descuentos de jubilados a tratamientos de cáncer y equipos de movilidad

La Ley 562, publicada el 2 de noviembre de 2026, reforma la Ley 6 de 1987 y regirá en seis meses; los descuentos serán deducibles del impuesto sobre la renta de quien los otorgue.

Sede de la Asamblea Nacional con su emblema en la torre y la fila de banderas; en primer plano, una silla de ruedas plegada y una bolsa de farmacia sobre un banco oscuro, y un gato negro entre los arbustos.
Imagen ilustrativa generada con IA.
Por Redacción Nexo Capital · Mesa Editorial · 3 de noviembre de 2026, 08:30

La Ley 562, publicada en la Gaceta Oficial N° 30647 del 2 de noviembre de 2026, reforma la Ley 6 de 1987, sobre beneficios para jubilados, pensionados y personas de la tercera edad. Proviene del Proyecto de Ley 746 de 2026, presentado por el diputado Javier Sucre Mejía y otros nueve diputados, aprobado en tercer debate el 30 de octubre de 2026 y sancionado por el presidente José Raúl Mulino Quintero.

Su artículo 1 reescribe la lista de beneficios del artículo 1 de la Ley 6 y la fija en treinta numerales. Entre ellos figuran un 30 % en procedimientos, terapias, medicamentos e insumos para tratar el cáncer; un 20 % en prótesis, sillas de ruedas, camas hospitalarias y otros equipos de asistencia; otro 20 % en alquiler, reparación y mantenimiento de esos equipos, con certificación médica; un 15 % en rampas, barras de apoyo y adaptaciones básicas de la vivienda principal; y la exoneración del impuesto de importación y del impuesto de transferencia de bienes corporales muebles y la prestación de servicios (ITBMS) en bolsas de colostomía, sondas urinarias y parches hidrocoloides recetados por un especialista.

El nuevo artículo 1-A exige anunciar juntos el precio regular y el promocional de los productos con descuento, y el artículo 5 reformado faculta a la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) a imponer multas de US$50 a US$5,000, que se duplican con cada reincidencia. Como contrapartida, el artículo 6 hace deducibles todos los descuentos del impuesto sobre la renta de quien los otorgó.

El nuevo artículo 1-B excluye de los descuentos las consultas, exámenes, medicamentos e insumos de las instalaciones públicas del Ministerio de Salud y los bienes gestionados por los comités de salud. La ley tampoco recoge el fideicomiso que la exposición de motivos del anteproyecto planteaba para reembolsar los descuentos a las microempresas; el alivio para los negocios queda en la deducción fiscal. Farmacias, clínicas, laboratorios y proveedores de equipos médicos podrían necesitar ajustar precios y facturación antes de que la reforma sea exigible.

La ley regirá a los seis meses de su promulgación (artículo 10), y la reglamentación definirá cómo acreditar la necesidad de equipos y adecuaciones y el monto máximo de este último beneficio (numerales 28 y 29). La reforma llega tras la objeción del Ejecutivo, en septiembre de 2026, al Proyecto de Ley 226 de 2025, sobre la misma materia.

Nexo Capital dará seguimiento a la reglamentación de la Ley 562.

Investigación asistida por Sentinel, con verificación editorial de fuentes oficiales. Conoce Legislat.ai

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